¿Qué IVA pagan las Comunidades de Propietarios?

Ya hablábamos en nuestros últimos artículos sobre las reuniones productivas en tu Comunidad  o de los problemas más comunes en tu edificio. En este caso, abordamos una parte de las obligaciones tributarias en los edificios, ¿qué IVA pagan las Comunidades de Propietarios?

Obligaciones Tributarias en tu Comunidad

Ya hablábamos en nuestros últimos artículos sobre las reuniones productivas en tu Comunidad  o de los problemas más comunes en tu edificio. En este caso, abordamos una parte de las obligaciones tributarias en los edificios, ¿qué IVA pagan las Comunidades de Propietarios?

Como bien sabemos las Comunidades de Propietarios tienen también obligaciones tributarias, como la presentación del modelo 184 trimestralmente, o el pago del Impuesto de Valor Añadido en todas sus facturas, en el que profundizaremos a lo largo de este artículo.

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¿Qué es el IVA?

Y aunque estamos acostumbrados a la palabra IVA, ¿qué es exactamente?

El IVA es una carga fiscal al consumo. Es una obligación fiscal y debe ser pagado a la agencia tributaria por todas las facturas.

En el caso de la comunidades de propietarios es el mismo, ya que tendrán que presentarlo para compras, prestación de servicios o suministros

Dependiendo del tipo de servicio o producto, encontramos tres tipos:

  • El general, que es un 21%
  • El reducido, que es un 10%
  • El superreducido, que es un 4%

¿Qué tipo de IVA pagan las Comunidades de Propietarios?

El general (que ya comentábamos antes) se encuentra en el 21%, pero según la Ley existen algunos casos en los que se puede aplicar un 10% de IVA.

Por lo que en tu Comunidad de Propietarios el IVA oscilará entre 10% y 21%.

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Casos en los que en tu Comunidad pagarás un 10% de IVA

La aplicación del 10% ocurrirá en:

  • Las obras de renovación y reparación realizadas en el edificio o en la parte destinada a las viviendas, siempre que se cumplan unos requisitos:
      1. Que el destinatario sea una persona física y no actúe como empresario o profesional. Además, que utilice la vivienda para su uso particular. 
      2. Que el destinatario sea una Comunidad de Propietarios
  • Además, la construcción o rehabilitación de la vivienda debe concluir en menos de dos años.
  • El material utilizado para la obra no puede exceder el 40% del total del coste de la obra.

 

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Casos en los que en tu Comunidad pagarás un 21% de IVA

Sentimos decirte que para el resto de los productos, servicios o suministros, el IVA que tendrá que abonar tu Comunidad de Propietarios será el 21%.

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