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En muchas comunidades existen conflictos entre los vecinos, ya sea por alguna actividad molesta que realiza algún vecino o por los desacuerdos en los temas de la comunidad. Los vecinos ruidosos en las comunidades es uno de los problemas más comunes que generan quejas entre los vecinos. Además, siempre hay muchas dudas en como se debe actuar frente a esta situación.
Por eso, nosotros te lo vamos a aclarar en este artículo. ¡Vamos allá!
¿Cuándo se considera que una actividad es molesta para la comunidad, según la LPH?
Según el artículo 7.2 de La Ley de Propiedad Horizontal: “Al propietario y al ocupante del piso o local no les está permitido desarrollar en él o en el resto del inmueble actividades prohibidas en los estatutos, que resulten dañosas para la finca o que contravengan las disposiciones generales sobre actividades molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o ilícitas”
Se pueden distinguir 3 tipos de actividades molestas en una Comunidad:
- Las que establecen los estatutos de la comunidad
- Actividades que originan daños en la finca.
- Las que no están permitidas por los ayuntamientos o comunidades autónomas.
A pesar de ello, para que una actividad pueda considerarse molesta debe realizarse de forma permanente en la comunidad. Por lo que no se consideraría una actividad molesta la que se realiza de forma puntual o solo un día en concreto.
Estas actividades pueden ser tanto llevadas a cabo por el propietario del inmueble como el inquilino, y ambos tendrán que responder ante las posibles quejas de los vecinos.
Pero, ¿cuáles son esas actividades molestas?
La mayoría de comunidades suelen quejarse por el ruido, los vecinos ruidosos. Por ejemplo, que un vecino ponga música muy alta, que realicen fiestas en la vivienda o los ladridos de una mascota. Sin embargo, también puede considerarse molesto otras prácticas como la de provocar malos olores en el edificio.
¿A qué hora se puede hacer ruido en una comunidad?
En la Ley del Ruido se establece los límites de ruido en ciertos lugares y locales de ocio. No obstante, esta ley no regula el ruido doméstico de una vivienda o una comunidad de vecinos. Para ello, debemos mirar la normativa que establece el ayuntamiento de cada localidad, ya que cada uno tiene su propia regulación.
En la mayoría de los casos, de lunes a viernes se puede hacer ruido en horario de 8:00 a 21:00 o 22:00 horas. Mientras que los fines de semana, se permite hacer ruidos en los horarios de 9:30 a 21:00 horas. Esto podría variar dependiendo del municipio, por lo que siempre deberá asegurarse de ello.
Además, también hay un límite de ruido que debe hacerse en esos horarios. Durante el día, el nivel de decibelios no debe superar los 35 dB. Por otro lado, en horario nocturno, concretamente a partir de las 22:00 o 23:00 horas, no se puede superar los 30 decibelios.
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¿Se puede llamar a la policía cuando hay vecinos ruidosos en tu comunidad?
Antes de tomar cualquier medida, es aconsejable que primero se intente hablar con el vecino que esté causando la molestia para intentar solucionar la situación con el diálogo.
Una vez que se ha intentado hablar con el vecino ruidoso y no se ha conseguido llegar a un acuerdo o simplemente no se ha logrado cesar la actividad molesta, deberás hacer un escrito con todos los detalles para comunicarle tu queja.
En el caso en que la queja por escrito tampoco funcione, se podrá llamar a la policía local para que se encargue de tomar las medidas correspondientes. ¡Recuerda pedirle a la policía el acta de su intervención!
Para dejar constancia de la situación, se recomienda tener siempre todo lo que ocurre por escrito, por si se llega a tomar acciones judiciales contra los vecinos ruidosos.
¿Cómo hacer la cesación de la actividad molesta?
En caso de que el vecino ruidoso no cese la actividad molesta después de todo lo anterior, será el presidente el que tenga que encargarse de hacer un escrito con su firma para el requerimiento de la cesación inmediata de la actividad molesta.
¿Qué debe contener el requerimiento?
- El nombre de quién realiza las actividades molestas.
- Los hechos concretos que dan lugar a las molestias.
- Requerimiento del cese.
- Fijar un plazo razonable para el cumplimiento.
Si ha pasado el plazo y siguiera sin cesar el ruido, el presidente o el administrador tendrá que convocar una junta de propietarios para acordar el inicio de las acciones judiciales contra el vecino.
El vecino podría tener una indemnización por daños y perjuicios o también se le podría privar el uso de la propiedad durante un máximo de tres años.
Sugerencias de cómo actuar
En conclusión, si te enfrentas a un vecino ruidoso en tu comunidad, es importante abordar el problema de manera amistosa y respetuosa en primer lugar. Si esto no funciona, existen otros pasos que puedes seguir.
- Habla con el vecino ruidoso: Si el ruido proviene de un vecino cercano, habla con él o ella sobre el problema de manera amistosa y respetuosa. A veces, las personas no se dan cuenta de que su comportamiento está causando una molestia a los demás.
- Registra el ruido: Si los ruidos persisten después de hablar con tu vecino, considera grabar el ruido para mostrarle al administrador de la comunidad y al responsable del edificio. Esto puede ayudar a demostrar que el ruido es inapropiado y molesto.
- Habla con el administrador de la comunidad: Si el ruido proviene de áreas comunes o de un vecino que no está dispuesto a solucionar el problema, habla con el presidente o administrador de la comunidad. Ellos podrían ayudarte a encontrar una solución.
- Considera llamar a la policía: Si el ruido es extremadamente alto y se produce a altas horas de la noche, considera llamar a la policía. Aunque esto puede parecer extremo, puede ser necesario si el ruido está afectando gravemente tu calidad de vida.
- Requerimiento de la cesación inmediata de la actividad molesta: Si el vecino ruidoso no cesa su actividad molesta después de intentar solucionar el problema de manera pacífica, el presidente de la comunidad deberá enviar un requerimiento de la cesación inmediata de la actividad molesta. Si el vecino sigue produciendo ruido, se convocará una reunión de propietarios para decidir si se toman medidas legales.