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Empezamos septiembre con una de las dudas más comunes en tu Comunidad de Propietarios: Las cuotas de la comunidad de vecinos han subido ¿puedo reclamar?
¡Infórmate en nuestro artículo! ¡Allá vamos!
Y si las cuotas de la comunidad de propietarios han aumentado ¿puedo reclamar?
Sí. Además se debe informar a los vecinos de las cuotas que se van a abonar y las causas de su incremento.
Si su comunidad de vecinos tiene una administración de fincas, se debe informar a la comunidad de esos cambios, pese a que la gestión sea por parte del administrador.
También se puede reclamar que el incremento sea desproporcionado respecto al porcentaje de la subida del IPC, si no se trata de la contratación de un nuevo servicio.
El pago de las cuotas de la comunidad de vecinos según la ley de Arrendamientos urbanos y la Ley de Propiedad Horizontal no puede superar el 15% (IVA aparte).
No obstante, si la comunidad de vecinos paga más del 15% es posible que la Comisión de Vigilancia y Control de la Ley de Propiedad Horizontal pueda admitir el abono de la comunidad si el incremento es razonable. Por ejemplo, si el presupuesto anual de la comunidad es de 60.000 euros y el incremento de la cuota es del 10% puede que el incremento sea razonable.
Si hay gastos no previstos en el presupuesto, que están aprobados en junta ordinaria o extraordinaria, y que van a hacer que el fondo de reserva (dinero disponible en cuenta corriente en el banco) sea menor del 10% del presupuesto anual, la comunidad deberá aprobar esa subida para mantener el fondo de reserva, que debe ser obligatoriamente superior a dicho 10% por el artículo 9.1 f) de la LPH (Ley de Propiedad Horizontal).
¿Tengo que pagar la cuota de la comunidad de vecinos aunque no me beneficie?
Sí. La comunidad de vecinos es una institución jurídica llamada a garantizar las prestaciones y servicios que según la Ley de Propiedad Horizontal sean necesarios para el uso común de todos los propietarios de las viviendas de la comunidad.
Por lo tanto, los propietarios de las viviendas que no se beneficien de estos servicios deberán abonar su cuota de la comunidad de vecinos.
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¿Cuándo debería usted reclamar contra la comunidad de vecinos?
Las cuotas de la comunidad de vecinos han subido ¿puedo reclamar? Debería reclamar cuando:
- No está de acuerdo con el nuevo presupuesto de la comunidad de vecinos.
- No está de acuerdo con la reforma de los estatutos de la comunidad de vecinos.
- Hay una disputa con la comunidad de vecinos.
¿Qué mayoría es necesaria para subir la cuota?
El art. 17.1 del Código Civil dice «En un edificio, o en una finca rústica, los propietarios están obligados a contribuir, en proporción a sus respectivas cuotas, a los gastos ordinarios de administración, conservación y reparación de la finca».
La finalidad de esta obligación es que los propietarios contribuyan a que la comunidad de propietarios no se vea perjudicada. Es la obligación de mantenimiento, sin la cual no hay comunidad de propietarios.
Y para subir la cuota mensual, deberá existir mayoría tanto de votos como coeficientes.